Entidad de la Administración Pública

Significa un entidadEntidad Persona física o jurídica creada y reconocida como tal en virtud de la legislación nacional de su lugar de establecimiento, que puede, actuando en nombre propio, ejercer derechos y estar sujeta a obligaciones -. Definición según el artículo 6 de la Directiva (UE) 2022/2555 (Directiva NIS2) reconocido como tal en un Estado miembro de conformidad con la legislación nacional, sin incluir el poder judicial, los parlamentos o los bancos centrales, que cumpla los siguientes criterios:

(a) se establece con el fin de satisfacer necesidades de interés general y no tiene carácter industrial o comercial;

(b) tiene personalidad jurídica o está facultada por ley para actuar en nombre de otra entidad con personalidad jurídica;

(c) está financiada mayoritariamente por el Estado, los entes territoriales u otros organismos de derecho público, está sometida a un control de gestión por parte de dichos entes u organismos, o dispone de un consejo de administración, de dirección o de vigilancia, más de la mitad de cuyos miembros son nombrados por el Estado, los entes territoriales u otros organismos de derecho público;

(d) está facultada para dirigir a personas físicas o jurídicas decisiones administrativas o reglamentarias que afecten a sus derechos en la circulación transfronteriza de personas, bienes, servicios o capitales.

Definición según el artículo 6 de la Directiva (UE) 2022/2555 (Directiva NIS2)