{"id":787,"date":"2024-01-29T16:47:57","date_gmt":"2024-01-29T16:47:57","guid":{"rendered":"https:\/\/nis2resources.eu\/?page_id=787"},"modified":"2024-08-09T09:02:59","modified_gmt":"2024-08-09T09:02:59","slug":"article-15","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/nis2resources.eu\/es\/directiva-2022-2555-nis2\/articulo-15\/","title":{"rendered":"Art\u00edculo 15, red de CSIRT"},"content":{"rendered":"
1. Para contribuir al desarrollo de la confianza y fomentar una cooperaci\u00f3n operativa r\u00e1pida y eficaz entre los Estados miembros, se crea una red de CSIRT nacionales.<\/p>\n\n\n\n
2. La red de CSIRT estar\u00e1 compuesta por representantes de los CSIRT designados o establecidos con arreglo al art\u00edculo 10 y del equipo de respuesta a emergencias inform\u00e1ticas para las instituciones, \u00f3rganos y organismos de la Uni\u00f3n (CERT-UE). La Comisi\u00f3n participar\u00e1 en la red de CSIRT en calidad de observadora. La ENISA desempe\u00f1ar\u00e1 las funciones de secretar\u00eda y prestar\u00e1 asistencia activa para la cooperaci\u00f3n entre los CSIRT.<\/p>\n\n\n\n
3. La red de CSIRTs tendr\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n\n\n\n
(a) intercambiar informaci\u00f3n sobre las capacidades de los CSIRT;<\/p>\n\n\n\n
(b) facilitar la puesta en com\u00fan, la transferencia y el intercambio de tecnolog\u00eda y medidas, pol\u00edticas, herramientas, procesos, mejores pr\u00e1cticas y marcos pertinentes entre los CSIRT;<\/p>\n\n\n\n
(c) intercambiar informaci\u00f3n pertinente sobre incidentes, cuasi incidentes, ciberamenazas, riesgos y vulnerabilidades;<\/p>\n\n\n\n
(d) intercambiar informaci\u00f3n sobre ciberseguridadCiberseguridad<\/span> \"ciberseguridad\": la ciberseguridad definida en el art\u00edculo 2, punto 1, del Reglamento (UE) 2019\/881; - Definici\u00f3n seg\u00fan el art\u00edculo 6 de la Directiva (UE) 2022\/2555 (Directiva NIS2)<\/a>\r\r\"ciberseguridad\": las actividades necesarias para proteger las redes y los sistemas de informaci\u00f3n, a los usuarios de dichos sistemas y a otras personas afectadas por las ciberamenazas; - Definici\u00f3n seg\u00fan el art\u00edculo 2, punto (1), del Reglamento (UE) 2019\/881;<\/span><\/span><\/span> publicaciones y recomendaciones;<\/p>\n\n\n\n (e) garantizar la interoperabilidad en lo que respecta a las especificaciones y protocolos de intercambio de informaci\u00f3n;<\/p>\n\n\n\n (f) a petici\u00f3n de un miembro de la red de CSIRT potencialmente afectado por un incidenteIncidente<\/span> Se refiere a un suceso que compromete la disponibilidad, autenticidad, integridad o confidencialidad de los datos almacenados, transmitidos o procesados, o de los servicios ofrecidos por los sistemas de red y de informaci\u00f3n o accesibles a trav\u00e9s de ellos\". Definici\u00f3n seg\u00fan el art\u00edculo 6 de la Directiva (UE) 2022\/2555 (Directiva NIS2)<\/a><\/span><\/span><\/span>El objetivo es intercambiar y debatir informaci\u00f3n en relaci\u00f3n con dicho incidente y las ciberamenazas, riesgos y vulnerabilidades asociados;<\/p>\n\n\n\n (g) a petici\u00f3n de un miembro de la red de CSIRT, debatir y, cuando sea posible, aplicar una respuesta coordinada a un incidente que se haya detectado en la jurisdicci\u00f3n de ese Estado miembro;<\/p>\n\n\n\n (h) proporcionar a los Estados miembros asistencia para hacer frente a los incidentes transfronterizos con arreglo a la presente Directiva;<\/p>\n\n\n\n (i) cooperar, intercambiar las mejores pr\u00e1cticas y prestar asistencia a los CSIRT designados como coordinadores con arreglo al art\u00edculo 12, apartado 1, en lo que respecta a la gesti\u00f3n de la divulgaci\u00f3n coordinada de vulnerabilidades que puedan tener un impacto significativo en entidades de m\u00e1s de un Estado miembro;<\/p>\n\n\n\n (j) debatir e identificar nuevas formas de cooperaci\u00f3n operativa, incluso en relaci\u00f3n con:<\/p>\n\n\n\n (i) categor\u00edas de ciberamenazas e incidentes;<\/p>\n\n\n\n (ii) alertas tempranas;<\/p>\n\n\n\n (iii) asistencia mutua;<\/p>\n\n\n\n (iv) principios y disposiciones para la coordinaci\u00f3n en respuesta a riesgos e incidentes transfronterizos;<\/p>\n\n\n\n